CNDH avala las reformas a la Ley Minera que protegen las áreas naturales, tierras, territorios y recursos naturales de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas


17 mayo, 2023, Por:

CNDH avala las reformas a la Ley Minera que protegen las áreas naturales, tierras, territorios y recursos naturales de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas

En un comunicado la CNDH se pronunció a favor de las reformas a la Ley Minera, recientemente publicada en el Diario Oficial de la Federación. Asimismo, se suma a las luchas y exigencias de pueblos y organizaciones como la Colectiva Cambiémosla Ya para defender y hacer valer los derechos reconocidos en esta ley.

Reproducimos a continuación el comunicado:

Como parte de sus atribuciones constitucionales respecto a la observancia del respeto a los Derechos Humanos en México, la presidenta de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), maestra Rosario Piedra Ibarra, sostuvo una reunión de trabajo la tarde de este martes 16 de mayo con personas representantes de diversos colectivos, organizaciones y asociaciones civiles, con el fin de dialogar sobre las reformas, derogaciones y adiciones hechas a la Ley Minera, la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de concesiones para minería y el agua, mismas que fueron publicadas en la versión vespertina del Diario Oficial de la Federación, el pasado 8 de mayo.

En la reunión sostenida en instalaciones de esta Comisión Nacional, participaron representantes de las asociaciones Cambiémosla ya, Consejo Civil Mexicano para la Silvicultura Sostenible y ALDEA, y en ella se destacaron aspectos positivos de los ordenamientos en mención, para el respeto, protección y garantía de los derechos humanos, pero además se acordaron acciones conjuntas para defender los intereses colectivos, seriamente amenazados por la vigencia de la legislación anterior.

Así, esta CNDH corroboró que, en los cambios realizados a la Ley Minera, se incorporó como objeto de dicho ordenamiento, garantizar la protección del medio ambiente; se estableció la prohibición de otorgar concesiones en áreas naturales protegidas o donde se ponga en riesgo la población, así como en zonas sin disponibilidad de agua; se prohíben las obras y trabajos de exploración, explotación y beneficio minero dentro de las áreas naturales protegidas, en cauces o vasos de aguas nacionales y sus zonas federales, en los zócalos submarinos de islas, cayos y arrecifes, el lecho marino, el subsuelo de la zona económica exclusiva, en la zona federal marítimo terrestre y en los terrenos ganados al mar; avances todos que garantizan los derechos humanos, en particular los derechos económicos sociales, culturales y ambientales, reiteradamente violados en el período neoliberal, bajo el cual se emitieron el ordenamiento ahora superado.

Además, gracias a las reformas se estableció que, previo al otorgamiento del título de concesión de lotes ubicados en territorios de pueblos o comunidades indígenas o afromexicanas, se deberá llevar a cabo la consulta previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, para obtener el consentimiento de dichos pueblos y comunidades. Y que el costo de la consulta debe ser cubierto por la persona física o moral que solicite la concesión o asignación. Asimismo, que la persona que obtenga el fallo a su favor deberá realizar un estudio de impacto social y obtener la autorización de la manifestación de impacto ambiental, así como llevar a cabo las medidas de prevención, mitigación y compensación.

Es importante destacar que con todo ello, se cumplen las obligaciones previstas en los artículos 6° y 15 del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), instrumento ratificado por nuestro país y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de enero de 1991, así como con jurisprudencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, flagrantemente violadas en el contenido de la Ley anterior, a pesar de que databa de 1992.

De igual forma, la CNDH corroboró qué corresponderá a la Secretaría de Economía declarar la nulidad de concesiones y actos administrativos regulados por la Ley Minera, así como promover juicio de lesividad en contra de resoluciones administrativas y concesiones que lesionen el interés público o a la Administración Pública Federal.

Cuando en un terreno sujeto a concurso se encuentre un área habitada u ocupada por un pueblo o comunidad indígena o afromexicana, o por cualquier otro tipo de asentamiento, la persona ganadora del concurso está obligada a suscribir un convenio con la comunidad o pueblo correspondiente para obtener el permiso de uso del terreno, así como a cubrir una contraprestación.

Gracias a las reformas aprobadas, los concesionarios deberán contar con la autorización del Programa de Restauración, Cierre y Post-cierre de minas, previsto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA). Asimismo, los concesionarios deberán implementar medidas de reutilización del agua dentro del lote minero a fin de lograr, al menos, un 60 por ciento de reciclaje de aguas residuales tratadas en sus instalaciones.

Por su parte, la Comisión Nacional hizo énfasis en la redefinición que se tenía del uso industrial en la minería, y la trascendencia de garantizar que se priorice el consumo humano y doméstico del agua y, por consecuencia, en caso de que exista riesgo de disponibilidad de agua para consumo humano y doméstico, se disminuya o incluso se cancele el volumen de agua concesionada.

De esta forma, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos coincide con el trabajo y la postura de numerosos grupos y organizaciones, y comunidades enteras, avala y se suma a su lucha para defender las reformas y adiciones referidas, que evidentemente chocan con intereses muy poderosos protegidos hasta ahora, en detrimento del medio ambiente, y prevén derechos y prerrogativas de los pueblos y comunidades indígenas o afrodescendientes, que establecen, por ende, deberes y obligaciones a cargo de las autoridades a fin de hacerlos posibles, por lo que la CNDH no escatimará acciones para que se respete y cumpla con lo dispuesto en dichas leyes, a fin de proteger y garantizar los derechos del pueblo de México.

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